Peña miente: Gladys Gonzalez autorizó el vertido al Riachuelo de 9 sustancias prohibidas desde 1969

El Disenso

Tras el informe de El Disenso donde expusimos que Gladys Gonzalez autorizó el vertido al Riachuelo de 9 sustancias contaminantes prohibidas desde el año 1969, la diputada María Teresa García puso hoy en aprietos al funcionario Marcos Peña, al preguntarle por la Resolución 46/17 de Acumar. A cara de piedra, Peña cubrió el desliz de la candidata a senadora por Cambiemos y mintió flagrantemente. Hoy desde El Disenso te explicamos que autorizó exactamente Gladys González y te mostramos la opinión de los expertos en Ambiente que lo denunciaron.

En nuestra investigación del 8 de agosto sobre Gladys González titulada “la coleccionista de denuncias“, elaboramos un detalle de las denuncias penales recibidas por la candidata del cambio. Dentro del informe, le dedicamos un párrafo especial a la autorización de vertido de sustancias contaminantes realizada por Gnonzález mediante la Resolución 46/17.

El pasado mes de abril, el Cuerpo Colegiado denunció públicamente la resolución 46/17 de ACUMAR emitida por Gladys González, entonces al frente del organismo, en la que se autorizó a las empresas a descargar sobre los ríos y sus afluentes: aldrin, clordano, DDT, dieldrín, endosulfán, endrín, heptacloro, lindano y paration, sustancias que se encontraban prohibidas desde el año 1969.

El Cuerpo Colegiado es un grupo conformado por el Defensor del Pueblo de la Nación y 5 ONGs, Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Fundación Greenpeace Argentina, Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Asociación Vecinos de La Boca, Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos (ACDH), que fue creado por la Corte Suprema de Justicia luego del Fallo Mendoza. Su misión es asegurar el cumplimiento de las obligaciones y fallos que la Corte establece en esta sentencia, controlando las disposiciones que afectan el saneamiento de la cuenca Matanza-Riachuelo.

La Resolución Nº 46/17 es la que regula los Límites Admisibles de vertido de efluentes líquidos, los Usos y Objetivos de Calidad de Agua y la Declaración de Agente Contaminante a la vez que deroga las Resoluciones ACUMAR N° 3/2009 y N° 366/2010. La misma fue emitida el 23 de marzo de este mismo año.

De acuerdo al Artículo 4, queda aprobada “la Tabla Consolidada de Límites Admisibles de Vertido de Efluentes Líquidos“, contenida en el ANEXO I, que detalla las sustancias que Gonzalez autoriza a verter en la cuenca y en que cantidades.

El Disenso
ANEXO I – Tabla consolidada de límites admisibles de vertido de efluentes líquidos

A través del Artículo 12 se deja sentado que la resolución “entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, a excepción de la “TABLA CONSOLIDADA DE LÍMITES ADMISIBLES DE VERTIDO DE EFLUENTES LÍQUIDOS” aprobada como Anexo I de la presente, para la cual la Presidencia mediante Resolución determinará los plazos progresivos y formas de su cumplimiento“. La resolución fue publicada en el Boletín Oficial el 28 de marzo de 2017 y lleva la firma de Gladys Esther González.

Beatriz Mendoza es quien impulsó el juicio que en 2004 realizó un grupo de vecinos contra Acumar, a raíz del estado sanitario de la cuenca. Consultada respecto a la resolución emitida por González expresó: “Es de un grado de perversión inimaginable. Favorece a las empresas contaminantes en detrimento de las poblaciones que viven sobre el Riachuelo”.

De acuerdo a la opinión publicada por el Cuerpo Colegiado, “El Anexo I agrega contaminantes orgánicos persistentes a los contaminantes que autoriza la Res. 1/2007. Además, como si fuera necesario explicar que se debe obedecer la ley, curiosamente establece que se deberá cumplir la Ley 26.011 que aprobó la Convención de Estocolmo sobre los Contaminantes Orgánicos Persistentes. Esa Convención contiene compromisos del Estado Nacional incompatibles con la Res. 46/17. No se explica ni puede advertirse cuál es el propósito de establecer límites permitidos de concentración para sustancias que nunca deberían ser vertidas en la CMR. Se trata de sustancias que tienen restricciones y prohibiciones en legislaciones de distintos países, incluyendo el nuestro. Tampoco tiene explicación que el anexo III establece que para ninguno de los usos del río es relevante monitorear la presencia de los contaminantes orgánicos persistentes, como si su presencia fuera compatible con los usos fijados“.

Respecto al listado de sustancias prohibidas, el Cuerpo Colegiado hace referencia a la publicación “Químicos prohibidos y restringidos en la Argentina” del INTI, donde se indican las normas que prohíben y restringen el uso de los contaminantes orgánicos persistentes cuyo vuelco en la Cuenca Matanza Riachuelo autoriza la Resolución 46/17 sin explicación alguna. Esas normas son las que se indican a continuación:

El Disenso
*La Ley 18073 es del año 1969


La conclusión emitida por el Cuerpo Colegiado es que la Resolución 46/17 debía ser modificada a la brevedad integrando todos los aspectos expuestos en su análisis.

A la fecha no ha habido respuesta oficial por parte de Acumar respecto a la Resolución 46/17 emitida por la candidata a senadora Gladys Esther González, quien con su firma autorizó el envenenamiento de la cuenca y sus habitantes.

 

Hoy la diputada García puso en aprietos al funcionario Peña al reclamarle el status de la Resolución que autorizó el vertido de sustancias prohibidas en la cuenca:

Y el funcionario Peña mintió a cara de piedra al responderle a la diputada diciéndole:

Diputada García, la Resolución 46/17 no incorpora contaminantes antes no permitidos, contempla la incorporación de límites máximos permisibles para componentes que anteriormente no estaban regulados. Esta normativa esta en conformidad con normas equivalentes internacionales de Brasil, Uruguay, Chile, Perú y con los objetivos de controles industriales establecidos para el plan integral de saneamiento ambiental que lidera AYSA


Gladys González autorizó el vertidos de 9 sustancias contaminantes prohibidas en el Riachuelo

Respuesta del Cuerpo Colegiado ante la Resolución 46/17

Respuesta del Cuerpo Colegiado respecto a la Resolucion 46/17 emitida por Gladys Gonzalez (ACUMAR) by ElDisenso.com on Scribd


Este medio se sostiene gracias a la colaboración de nuestros lectores.
Te invitamos a 👉 Colaborar con El Disenso👈


También podés hacerlo a través de BINANCE PAY [ID: 544638363]

El Disenso - ID Binance

⚠️ Si vas a levantar esta publicación, por favor respetá nuestro trabajo y citá la fuente. Muchas Gracias!


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *