El Juez Arias le puso un freno a Vidal

El Disenso

Ante el atropello de Vidal a los maestros dictando la conciliación obligatoria, el Juez Arias admitió la medida cautelar solicitada por el Sindicato Único de Trabajadores de la Educación (SUTEBA) y la Federación de Educadores Bonaerenses Domingo Faustino Sarmiento (FEB). La medida cautelar ordena al gobierno de Vidal abstenerse de llevar a cabo la conciliación obligatoria y de ejercer cualquier acto o hecho que afecte el derecho a huelga de los trabajadores docentes.

Un pago “en negro” de $800 o el descuento de $650 por día de paro y recupero de clases en el receso invernal fue la propuesta que Vidal le hizo a los docentes. Los gremios ratificaron que se plegarían al paro Nacional y como respuesta, los funcionarios de María Eugenia Vidal salieron a presionar coordinadamente a los docentes. El ministro de trabajo, Marcelo Villegas, dictó una conciliación obligatoria y el ministro de Hacienda anunció que se les descontará a los docentes $650 por cada día de adhesión al paro. Poco después las escuelas recibieron un mail, enviado por la Dirección General de Inspecciones, con instrucciones para confeccionar una “Nueva planilla de Paro”, es decir, una lista negra para guardar registro de los docentes que adhieran a las medidas colectivas de fuerza.

Ante la solicitud de SUTEBA y FEB, el Juez Arias falló ordenando cautelarmente al gobierno de Vidal que se “abstenga de ejercer cualquier hecho o acto que implique la supresión del derecho a huelga de los trabajadores afiliados a las entidades actoras”.

Como explicamos anteayer desde El Disenso en la nota “Vidal: Extorsión y listas negras de docentes“, “paritarias” y “conciliación obligatoria” son, más que diversos mecanismos de resolución de conflictos, distintas formas de entender nuestra sociedad. En 1953 Perón impulsó la ley que regula las convenciones colectivas de trabajo, incorporando la paritaria como un espacio donde los trabajadores organizados puedan negociar en igualdad de condiciones sus temas de interés. Apenas cinco años después, Arturo Frondizi implementaba la conciliación obligatoria, un mecanismo arbitral que elimina la única herramienta de negociación de los trabajadores, que es la huelga, y castiga a los huelguistas con la pérdida de derecho a percibir remuneraciones salariales. El derecho de huelga tiene raigambre constitucional y penalizar su ejercicio suele ser insostenible frente a un juez, sin embargo el llamado a conciliación tiene un enorme poder disuasivo ya que los trabajadores que adhieran a la medida colectiva dejaran de percibir salario, o recibirán el pago fuera de término.

El Disenso

El dictado de conciliación obligatoria erige al Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires en juez y parte, y le permite tomar una serie de medidas extorsivas como la realización de listas negras de docentes y descuentos salariales para huelguistas, que atentan contra los derechos colectivos. En este contexto, buscando garantizar el ejercicio del derecho a huelga consagrado en la Constitución, el Juez Arias falló a favor del requerimiento de las asociaciones sindicales contra el dictado de conciliación obligatoria.


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